Subvenciones
Subvenciones
Ayudas para rehabilitación de viviendas
¿Qué tipo de obras pueden acogerse a estas ayudas?
Opción A: aquellas obras de mejora de las instalaciones de suministro de agua o eléctricas, así como las obras asociadas a ellas en la vivienda.
- Actualización de la instalación eléctrica.
- Acondicionamiento de la instalación de fontanería.
- Mejora de la red de saneamiento.
- Mejoras de las condiciones de servicios higiénicos y cocinas.
- Otros.
Opción B: Actuaciones relativas a la adaptación de la vivienda, tendentes a la mejora de la accesibilidad. Dichas actuaciones comprenden las necesidades de personas con cualquier tipo de discapacidad (sensorial o motora) o mayores de 65 años, y a las familias en las que algunos de sus miembros sean una persona que tenga reconocida una dependencia.
- Adaptación de la cocina para una persona en silla de ruedas.
- Cambio de bañera por plato de ducha.
- Ensanchamiento de las puertas de paso para sillas de ruedas.
- Adaptación de las señales acústicas de la vivienda (timbres…) para sordos.
- Otros.
¿Quién puede acceder a las ayudas para rehabilitación de viviendas?
Los beneficiarios de estas ayudas podrán ser los promotores de la rehabilitación, tanto los propietarios de las viviendas como inquilinos autorizados por el propietario.
¿Qué condiciones deben cumplirse?
- Los ingresos familiares de las personas físicas beneficiarias de las ayudas no podrán exceder de 6,5 veces el IPREM.
- La vivienda se destinará a domicilio habitual y permanente.
- No ser titular de otra vivienda con protección pública.
- No haber obtenido ayudas de rehabilitación de la vivienda en los últimos 10 años.
¿En qué consisten las ayudas para rehabilitación de viviendas?
El Ministerio concede ayudas y subvenciones.
Por parte de la Generalitat Valenciana, también existen este tipo de ayudas para la accesibilidad de las viviendas.
Para solicitar estas ayudas, deben acudir a la Conselleria de Bienestar Social, donde les informarán de la documentación que deben aportar.